El pasado 11 de diciembre de 2023, el Presidente de la República hizo público el envío al Congreso de la Unión de una iniciativa de reforma constitucional que propone desaparecer a los órganos reguladores coordinados en materia energética -Comisión Reguladora de Energía y Comisión Nacional de Hidrocarburos-, por considerar que dichos entes han beneficiado a ciertas empresas privadas, en detrimento de las decisiones fundamentales de política pública, además de representar altos costos para el país en perjuicio del pueblo.
Ante esta situación, se ha generado la interrogante sobre la necesidad o idoneidad de estos órganos reguladores, incluso poniendo en duda la prevalencia de otros reguladores como son la Comisión Federal de Competencia Económica o el Instituto Federal de Telecomunicaciones, derivado de lo cual es imperante destacar la relevancia que tienen estas instituciones en el progreso del país y la protección de los consumidores y usuarios de las actividades reguladas, lo que permite observar que lo realmente costoso para México sería su eliminación.
La idea fundamental que justifica la existencia de los órganos reguladores se basa en la necesidad de contar con una autoridad técnica que intervenga en sectores que son esenciales o estratégicos para el ámbito económico y social de un Estado en donde existen fallos de mercado -situación en la que la asignación de los recursos por parte del mercado no es eficiente- o riesgos sistémicos -riesgo creado por interdependencias en un sistema, en donde el fallo de un sujeto o entidad puede causar un fallo generalizado que puede destruir al sistema en su totalidad-, con la intención que adopten decisiones especializadas para erradicar o mitigar dichos fallos o riesgos en beneficio de la sociedad, apartándose de cualquier tipo de control político.
Típicamente, estos órganos reguladores intervienen en sectores como el de la energía, las telecomunicaciones, el financiero, el sector salud, entre otros, que tienen tendencias al monopolio o a generar daños de difícil reparación a la población en general pues precisamente ellos garantizan, como verdaderos expertos del sector, un control apropiado en la participación de los distintos agentes que intervienen en el mercado regulado, evitando así situaciones en donde, por ejemplo, se reduzca la oferta de un producto, se incrementen artificialmente los precios de los bienes, se usen productos dañinos para la salud, se haga un mal uso de los ahorros de las personas, entre muchos otros.
Aunque estos organismos pueden estar adscritos al poder ejecutivo o ser totalmente autónomos, deben tomar sus decisiones de manera independiente y sin injerencias políticas, pues no actúan conforme a las decisiones de la administración en turno, sino de conformidad con las disposiciones constitucionales y legales que les rigen y que les permiten proteger el desarrollo eficiente de los mercados a largo plazo; el someter su actuación a la política del gobierno en turno, cada seis años, solo generaría obstáculos y un rezago en el progreso económico y social del Estado.
En esa medida, es verdad que no son órganos sometidos a las decisiones políticas del país, como señala el Ejecutivo, pero ello es una buena noticia para la protección de los derechos de los ciudadanos; pensemos, por ejemplo, en una decisión política que tienda a restringir la importación de medicamentos avalados mundialmente, determinando que solo podrán consumirse los nacionales que no están avalados por el sistema mundial de salud y que no han superado las pruebas para ser consumidos, un órgano regulador tendría que evaluar de manera independiente y técnica la seguridad y eficacia en la ingesta de esos medicamentos para garantizar que no causen afecciones a la población que los consume, mientras que un órgano político simplemente avalaría su consumo, incluso si perjudica o no ayuda a la salud de las personas por beneficiarse la agenda política, lo que podría derivar en muertes, epidemias, entre muchas otras afecciones.
Lo mismo sucede con un sector tan relevante como el energético, la toma de decisiones técnicas se realiza con el ánimo de garantizar el desarrollo eficiente de la industria y mitigar los riesgos o externalidades negativas del mismo, promoviendo la competencia en el mercado, la protección de los usuarios y del medio ambiente, para que se cuente con una adecuada cobertura nacional que garantice la confiabilidad, estabilidad, sustentabilidad y seguridad en el suministro y prestación de los servicios respectivos; así, los órganos reguladores en el sector energético garantizan que exista electricidad e hidrocarburos a precios razonables que atiendan la demanda del país sin poner en riesgo la salud y el medio ambiente, en contrapartida, las decisiones políticas de la industria sin un control técnico podrían llevar al desabasto, al incremento de precios o a una contaminación irremediable.
En razón de ello, fue que desde los años 90, el sector ha tenido una constante evolución para ampliar la participación de distintos agentes en sus mercados, teniendo así más fuentes de energía a mejores precios y sin desproteger el medio ambiente, con la creación de la Comisión Reguladora de Energía en 1994 y de la Comisión Nacional de Hidrocarburos en 2008, México se comprometió a establecer un marco regulatorio que beneficiara el desarrollo económico del país y la protección de los derechos humanos.
Fue así que en 2013, se decidió elevar a rango constitucional e incorporar al artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la existencia de los órganos reguladores coordinados en materia energética y de los reguladores en materia de telecomunicaciones y de competencia económica, quienes desde entonces han tenido un papel fundamental en el desarrollo de estos mercados y la protección de los consumidores.
Lo anterior ha permitido, por ejemplo, que los usuarios de servicios de telefonía móvil en México puedan elegir libremente a su operador o migrar de un operador a otro sin costo; o que los automovilistas puedan optar por el proveedor de combustible de su preferencia en razón de las calidades y precios que ofrecen; o que las tarifas eléctricas o de gas natural no se incrementen desproporcionalmente en los hogares; todo ello es gracias a las decisiones técnicas de estos reguladores.
La decisión de crear estos órganos y mantenerlos no es gratuita y no es resultado solamente de la evolución política-económica de muchos años en el país, ni solo atiende a cuestiones técnicas, sino que encuentra sustento en los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los Tratados Internacionales de los que México es parte, por lo que la desaparición de estos organismos no solo iría en contra de decenas de años de progreso económico, sino del interés social, de la progresividad de los derechos humanos y los compromisos adoptados a nivel internacional por México.
Como sabemos, el artículo 1 Constitucional prevé que todas las personas en México gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano es parte y que las autoridades tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, por lo que México se ha comprometido a adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la protección más amplia a los derechos humanos, misma que solo puede extenderse -y no restringirse- con el paso de los años.
Pues bien, la Carta Magna prevé como derechos humanos, entre otros, los principios a un medio ambiente sano, a la salud, a la competencia y libre concurrencia, la libertad de trabajo y de comercio, entre otros, que los órganos reguladores tienen el deber de procurar. Asimismo, tratados internacionales en materia de derechos humanos, como son el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales o la Convención Americana sobre Derechos Humanos, reconocen que los Estados se comprometen a adoptar medidas, especialmente económicas y técnicas, para lograr progresivamente la plena efectividad de los derechos humanos, por lo que cualquier decisión que restringiera esas decisiones económicas y técnicas que se han adoptado para dar una protección más amplia a los derechos humanos atentaría contra la Constitución y los Tratados Internacionales.
De igual manera, desde el punto de vista comercial, la obligación de contar con entes independientes que regulen las actividades económicas del Estado es irrestricta bajo el tratado de libre comercio con Canadá y Estados Unidos (T-MEC), por lo que México estaría también sujeto a responsabilidades internacionales en caso de inobservar dicho deber, en una coyuntura global que no perdona ese tipo de errores.
Así, existe un deber constitucional y convencional del Estado Mexicano y de todas sus autoridades, que no es renunciable ni disponible -ni siquiera por decisiones políticas-, para adoptar y sostener medidas económicas y técnicas que hayan tendido a garantizar la protección más amplia a los derechos humanos de las personas y al progreso económico del país -como es la desaparición de los órganos técnicos-, por lo que cualquier decisión que tendiera a restringir o eliminar estas medidas sería abiertamente inconstitucional e inconvencional, lo que desataría una ola de nuevos litigios en sede nacional e internacional que lejos de beneficiar al Gobierno y los ciudadanos, crearían una inestabilidad importante para la próxima administración y una incertidumbre para la economía y progreso del país.

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